Obligaciones de Transparencia
Artículo 95
Los sujetos obligados pondrán a disposición del público y actualizarán en forma permanente la información en los respectivos medios electrónicos, de acuerdo con sus facultades, atribuciones, funciones u objeto social según corresponda, por lo menos de los temas, documentos y políticas que a continuación se señalan
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado del Estado de Sinaloa.
Artículo 103
En lo que respecta a la información de los sindicatos que tienen registrados, así como de los reglamentos interiores de trabajo, contratos colectivos de trabajo y condiciones generales de trabajo que tienen en deposito.

Artículo 104
Además de lo señalado en el artículo 95 de la LTAIPES, Los sindicatos que reciban y ejerzan recursos públicos deberán mantener
actualizada y accesible, de forma impresa para consulta directa la información.
Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado del Estado de Sinaloa.